EVOLUCIÓN DE LA NORMATIVA PERUANA SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR DURANTE Y POST PANDEMIA-ANÁLISIS PERIODO 2020- 2025
EVOLUTION OF PERUVIAN REGULATIONS ON DOMESTIC VIOLENCE DURING AND AFTER THE PANDEMIC - ANALYSIS OF THE 2020-2025 PERIOD
Agueda Muñoz del Carpio Toia1, James Carlos Fernandez Salguero1, Francesca Diaz Del Olmo Calvo2, Emanuele Valenti3, Patricio Diaz Del Olmo Calvo4, Lucía Begazo Muñoz del Carpio1
(1) Universidad Católica de Santa María, Arequipa - Perú.
(2) Psicología William Peace University, Carolina del Norte - EEUU.
(3) Division of Mental Health & Wellbeing, Warwick Medical School, University of Warwick, United Kingdom.
(4) School of Business Emory & Henry University, Virginia, EEUU.
RESUMEN: Antecedentes: La violencia intrafamiliar es un serio problema de salud pública, que se incrementó en tiempos de confinamiento social durante la pandemia COVID-19. El Estado Peruano realizó una serie de cambios a la normativa peruana para prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Objetivo: Realizar un análisis de la evolución de la normativa peruana sobre violencia familiar durante y post pandemia periodo 2020-2025. Métodos: Revisión documental de las principales leyes, decretos supremos, decretos de urgencia y directivas ministeriales publicadas durante y después de la pandemia COVID-19 por el Estado Peruano, relacionadas a la Ley N° 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”. Resultados: Entre los principales cambios a la normativa de violencia familiar, se destaca la incorporación de mecanismos para ayudar a una mejor atención a poblaciones vulnerables, personas con discapacidad auditiva, personas con limitaciones para hablar, tales como intérpretes de lenguaje de señas y traductores, procesos más simples para la denuncia y para ejecutar las medidas de protección. Conclusión: Fueron diversos los cambios para adaptar la prevención, protección y denuncia de la violencia bajo el contexto de una pandemia. Así mismo se dio el plan estratégico multisectorial para garantizar el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones, ejercicio de sus derechos económicos, sociales educativos, laborales y productivos; para reducir las barreras institucionales que no permiten la igualdad de género en el país.
Palabras Clave: Análisis, normativa, violencia familiar, pandemia COVID-19, post pandemia.
ABSTRACT: Background: Domestic violence is a serious public health problem that increased during the COVID-19 pandemic. The Peruvian State made a series of changes to Peruvian regulations to prevent and punish violence against women and members of the family group. Objective: To analyze the evolution of Peruvian regulations on domestic violence during and after the 2020-2025 pandemic. Methods: Document review of the main laws, supreme decrees, emergency decrees, and ministerial directives published by the Peruvian State during and after the COVID-19 pandemic, related to Law No. 30364 "Law to prevent, punish, and eradicate violence against women and members of the family group." Results: Among the main changes to domestic violence regulations, the incorporation of mechanisms to better serve vulnerable populations, people with hearing impairments, and people with speech limitations stands out, such as sign language interpreters and translators, as well as simpler reporting processes and the implementation of protective measures. Conclusion: Various changes were made to adapt the prevention, protection, and denouncement of violence in the context of the pandemic. A multisectoral strategic plan was also implemented to guarantee women's access and participation in decision-making spaces and the exercise of their economic, social, educational, labor, and productive rights, and to reduce institutional barriers that hinder gender equality in the country.
Keywords: Analysis, regulations, domestic violence, COVID-19 pandemic, post-pandemic.
INTRODUCCIÓN
La Violencia familiar es un serio problema de salud pública y derechos humanos a nivel global (1) y en el Perú afecta a la población en general sin hacer distinciones de edad, niveles económicos, sociales, educativos, raza, etc.; según las cifras de la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar del año 2024 seis de cada diez mujeres han sido objeto de algún tipo de violencia familiar (53.8%) (1), con una de las más altas prevalencias de casos de violencia familiar en Latinoamérica (2).
En el Perú se promulgó el 23 de noviembre del año 2015 la Ley Nº. 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, cuyo objetivo era “Prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres y proteger a integrantes del grupo familiar, sobre todo a las personas vulnerables por edad o situación física” (3), se considera la primera norma con rango de Ley en el país, que reconoce las diferencias de género, edad, discapacidad e igualdad de oportunidades, a efecto de prevenir, sancionar y erradicar las agresiones en agravio de personas vulnerables que integran el grupo familiar. Pese a los significativos logros de esta ley, los casos de violencia continuaron en nuestro país, y se exacerbaron en tiempos de pandemia COVID-19.
Durante la pandemia COVID-19, la población fue confinada para mitigar los contagios, que excedían las capacidades del sistema de salud, y, bajo ese contexto, se observó una mayor prevalencia de violencia familiar en los hogares, con la permanente convivencia de las víctimas con sus agresores (4). El estado peruano bajo estas condiciones, decidió legislar para dar continuidad a la atención de las víctimas. El objetivo del estudio es analizar la evolución de la normativa peruana sobre violencia familiar durante y post pandemia 2020-2025.
MATERIAL Y MÉTODOS
Diseño: Revisión documental de las principales leyes, decretos supremos, decretos de urgencia y directivas ministeriales publicadas durante y después de la pandemia COVID-19 por el Estado Peruano, relacionadas a la Ley N° 30364 (3). El Periodo estudiado comprende los cambios legislativos ocurridos entre el año 2020 a junio 2025. Variables: Leyes que modificaron directamente a la Ley N° 30364 durante y Post Pandemia del COVID-19. Decretos Supremos y Decretos de Urgencia durante los periodos de los años 2020-2025.
RESULTADOS
Se presenta el análisis de los principales cambios de la normativa peruana sobre violencia familiar, en el periodo 2020-2025 así como los aportes de las modificaciones a la Ley N° 30364 durante y Post Pandemia del COVID-19.
Tabla 1. Leyes que modificaron directamente a la Ley N° 30364 durante los periodos de los años 2020-2025
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LEY |
FECHA DE PUBLICACIÓN Y PRINCIPALES APORTES |
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Ley N° 31156 “Ley que modifica el artículo 15 de la ley 30364, habilitando permanentemente el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia” (Congreso de la República del Perú, 2021). Modificó el Artículo 15° (5) |
07/04/2021: Ampliar los canales de denuncia, aprovechando los medios tecnológicos actuales (5).
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Ley N° 31439 "Ley que modifica la ley 30364”, con la finalidad de fortalecer las instancias de concertación, sean estas Regionales, Provinciales o Distritales" (Congreso de la República del Perú, 2022). Modificación de los artículos 37°, 38° y 39°; e incorporación de los artículos 39-A y 39-B (6). |
07/04/2022: Con la finalidad de que los Gobiernos Locales del País puedan ejercer un monitoreo y gestión adecuada de las instituciones públicas dentro de sus Jurisdicciones, con respecto a los casos de Violencia Familiar (6). |
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Ley N° 31715 “Ley que modifica la ley 30364”, para eliminar obstáculos y fortalecer su ejecución” (Congreso de la República del Perú, 2023). Modificación de los artículos 15°, 16°, 22°, 23-A° y 45° (7). |
22/03/2023: Dentro de los cuales se amplían las personas legitimadas para denunciar (un tercero que tenga conocimiento de los actos de violencia); establece que la PNP es la entidad encargada de ejecutar las Medidas de Protección; así mismo, de acuerdo con la ficha de riesgo se decidirá de qué forma se procederá con el agresor en la Resolución Judicial de Medidas de Protección (7) |
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Ley N° 32298 “Ley que modifica la ley 30364, (…), y el decreto legislativo 1318, que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, a fin de implementar la correcta recepción y trámite de denuncias de personas con discapacidad auditiva o con limitaciones para la expresión oral mediante la participación de intérpretes de lengua de señas peruana” (Congreso de la República del Perú, 2025). Modificación del artículo 10° de la Ley 30364. Modificación del artículo 15° del Decreto Legislativo 1318 (8). |
11/04/2025: En la presente Ley se procedieron a modificar dos normas distintas de distintos sectores a fin de hacer efectiva la inclusión de personas con discapacidad auditiva o limitaciones para la expresión oral – en la interposición de denuncias – teniéndose en consideración que en la PNP no existe la figura de intérpretes, se ha establecido ahora su formación en el lenguaje de señas y el soporte de las otras instituciones para la formación y apoyo en casos de no haber personal capacitado (8). |
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Ley Nº 32351 “Ley que modifica la Ley 30364, a fin de que los medios de comunicación contribuyan a la defensa, libertad y dignidad de aquellos”. (Modificación del artículo 46° de la Ley N° 30364 (9). |
27/05/2025:
Tiene la finalidad de aprovechar los medios de comunicación para difundir los derechos de las mujeres y personas vulnerables (9). |
1. Decretos Supremos que modificaron durante los años 2020-2025
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FECHA DE PUBLICACIÓN Y PRINCIPALES APORTES |
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Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30364 (10). |
27/07/2016: Norma que busca encaminar a través de un reglamento la aplicación y ejecución de las pautas establecidas en la Ley N° 30364 (10).
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Decreto Supremo N° 004-2019-MIMP "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" (MIMP M. d., 2019) Modificación de los artículos de diversos artículos, así como las denominaciones de Capítulos (11). |
07/03/2019: Introduce mayores detalles sobre personas objeto de protección por la Ley 30364; designa las Instituciones Públicas en las que como por ejemplo la antigua Unidad de Investigación Tutelar ha sido reemplazada por la Unidad de Protección Especial a cargo del MIMP; en la que se toma en especial consideración que el MIMP está obligado a acreditar los Refugios en dónde las víctimas serán acogidas. Finalmente se aprueba que los Juzgados de Paz están acreditados para dictar Medidas de Protección en casos de no existir un Juzgado de Familia (11). |
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Decreto Supremo N° 012-2019-MIMP "Decreto Supremo que aprueba el Protocolo Base de Actuación Conjunta en el ámbito de la atención integral y protección frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar" (12). |
10/05/2019: Propone fortalecer el trabajo conjunto intersectorial “(MIMP, PNP, MINEDU, MINSA, MINJUSDH, PODER JUDICIAL Y MINISTERIO PÚBLICO) y la actuación integral de los servicios a favor de los afectados, promoviendo el extremo cuidado, celeridad e idoneidad en la atención adecuada y pertinente además de Pautas de Cuidado y Autocuidado para afrontar el agotamiento profesional “(12). |
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Decreto Supremo Nº 002-2020-MIMP "Decreto Supremo que Aprueba El Plan Estratégico Multisectorial De Igualdad De Género De La Política Nacional De Igualdad De Género" (13). |
07/03/2020: Pretende reducir la Violencia contra la Mujer, “garantizando el ejercicio de los derechos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres; también promueve el acceso y participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones; su ejercicio de los derechos económicos y sociales, tanto en el sector educativo como laboral y productivo; para de ésta forma reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en el ámbito público y privado entre hombres y mujeres; además evitar discriminaciín en la población por patrones socioculturales, para el año 2030” (13). |
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Decreto Supremo N° 004-2020-MIMP "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" (14). |
06/09/2020: Esta norma no reemplaza las normas principales, sino que las ha integrado en una sola norma para aportar una mejor aplicación y ejecución por parte de las instituciones encargadas de esta figura que lucha contra la violencia familiar; por tanto, se actualizará de acuerdo a las modificaciones que se realicen en las normas primigenias (14). |
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Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM "Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19" (15). |
15/03/2020: Artículo 4°, inc. 1, apartado f). La norma tomó en cuenta la necesidad de permitir el tránsito de las personas vulnerables, haciendo énfasis en que la PNP con apoyo de las Fuerzas Armadas pudiesen intervenir en casos que expongan a riesgo a este sector vulnerable (15). |
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Decreto Supremo N° 003-2020-MIMP "Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 023-2020, y crea mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, desde el conocimiento de los antecedentes policiales" (16). |
08/05/2020: Comprende el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 023-2020; a través del cual se regula la forma en que una persona puede solicitar los antecedentes policiales de su pareja, en la institución de la Policía Nacional del Perú encargada de emitir dicho documento informativo y, este cambio sigue vigente a pesar de provenir de un Decreto de Urgencia (16).
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Decreto Supremo N° 005-2022-MIMP: "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" (17). |
10/07/2021: Modificación de los Artículos 6° y 8° del Reglamento de la Ley 30364; a través de los cuales, se introduce los casos de desaparición de mujeres y personas vulnerables en la norma que estudiada; así como establecer que, las medidas adoptadas para estos casos se regirán en base a la normativa vigente referente a ese caso en particular; también se introdujo la figura de acoso dentro de los procesos judiciales en contra de las víctimas por parte de sus agresores (17).
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Decreto Supremo N° 006-2023-MIMP: "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" (MIMP M. d., 2023) Modifica diversos numerales de artículos (18). |
27/04/2023: A través de la presente norma se incorpora la figura de los hogares de Refugio Temporal en la Ley 30364, para víctimas de la violencia familiar y la concertación de los gobiernos locales para su monitoreo, creación y gestión. Estableciendo un cronograma para su ejecución e implementación durante los años 2024 y 2025 (18).
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Decreto Supremo N° 009-2023-MIMP: "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" (MIMP M. d., 2023) Modifica diversos numerales de artículos (19). |
07/09/2023: A efecto de facilitar la protección de los afectados por la violencia familiar, se reducen los formalismos en la interposición de las denuncias, como por ejemplo en caso de no tener el DNI físico, acceder a la identidad del agraviado a través del Portal Web de la RENIEC. También se redujo el tiempo para dictar las Medidas de Protección a 24 horas y se determinó que el personal policial que está encargado de ejecutar éstas, se mantenga en contacto con la víctima hasta que se haya determinado que se encuentra fuera de peligro (19).
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Decreto Supremo N° 002-2025-MIMP: "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" Modifica e incluye artículos (20). |
04/04/2025: El acoso dentro los procesos judiciales está sancionado; sin embargo, en la actualidad los agresores además usan los Medios Tecnológicos para ejercer violencia con el propósito de desgastar a la víctima; por tanto, se ha incorporado esta figura al respecto. Además, el tema de los Hogares de Refugio Temporal para las víctimas de violencia familiar, y la importancia de rotar al personal encargado de velar por estos sitios, a fin de evitar el síndrome de desgaste profesional (20).
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Decreto Supremo N° 004-2025-MIMP: "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2016-MIMP" Modificación del artículo 20 (21). |
10/06/2025: Se introduce la figura en que los centros en los que se pueden realizar las denuncias por violencia familiar, puedan gestionar con el CONADIS la facilitación de intérpretes de lenguaje de señas, de forma presencial o virtual; así como, permitir la interpretación de una persona que la víctima considere idónea, dicha diligencia será grabada en audio y video (21).
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2. Decretos de Urgencia que modificaron directamente la Ley N° 30364 durante los años 2020-2025, pandemia y postpandemia COVID-19:
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Decreto de Urgencia Nº 001-2020". Decreto de urgencia que modifica el decreto legislativo Nº 1297, decreto legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos" Modifica diversos artículos y añade una disposición complementaria (22).
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06/01/2020: Dicha normativa, aportó las bases para ampliar las funciones de la DEMUNA, MIMP y MINJUSDH, en los casos de violencia familiar e incluyó a los menores de edad con discapacidades. Permitiendo que las entidades encargadas de los casos de situación de riesgo o desprotección familiar puedan acceder a información de la PNP y del Ministerio Público – bajo responsabilidad – para dar celeridad a estos procesos urgentes que podrían establecer que el menor con o sin discapacidad o mayor con discapacidad, está en situación de desprotección familiar que transforma su situación a ser apto para el proceso de Adopción (22). |
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Decreto de Urgencia Nº 005-2020". Decreto de Urgencia que establece una asistencia económica para contribuir a la protección social y el desarrollo integral de las víctimas indirectas de feminicidio" (23). |
08/01/2020: Introdujo la asistencia económica de víctimas indirectas de los feminicidios a través del Programa AURORA (23). |
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Decreto de Urgencia Nº 023-2020". Decreto de urgencia que crea mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, desde el conocimiento de los antecedentes policiales" (24). |
24/01/2020: Actualmente está vigente y a través de ésta se introdujo una forma eficiente de poder prevenir violencia familiar al permitir informarse sobre los antecedentes policiales de la pareja con la que quiere iniciar un proyecto de vida (24). |
3. Resoluciones Ministeriales relacionadas a la Ley N° 30364 durante los años 2020-2025, Pandemia y Postpandemia del COVID-19
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Resolución Ministerial N° 093-2020-MIMP (MIMP M. d., Diario Oficial del Bicentenario (25). |
05/06/2020: Deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 316-2012-MIMP, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS; a efecto de tener un manual acorde a la normativa actual (25). |
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Resolución Ministerial N° 197-2023-MIMP (26). |
08/05/2023: Creación del SAR “Servicio de Atención Rural”, a través del Programa AURORA (26). |
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Resolución Ministerial N° 288-2023-MIMP (27). |
14/08/2023: A efecto de cumplir con la concertación de los gobiernos regionales, provinciales y distritales, se establecieron ciertos lineamientos para su ejecución (27). |
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Resolución Ministerial N° 230-2025-MIMP (28). |
21/06/2025: Asume la política de la calidad para “Incrementar la satisfacción de las personas usuarias de los bienes y servicios que brinda el MIMP” (28). |
DISCUSIÓN
Se puede observar cambios paulatinos en la regulación, implementación y aplicación de la normativa peruana relacionada a la violencia familiar en el Perú; sobre todo en tiempo de pandemia, en donde se evidenció mayor prevalencia de violencia bajo condiciones adversas para su efectiva denuncia, debido al menor acceso a los servicios de salud y a los centros temporales de protección de víctimas, la dificultad para denunciar, entre otros (29).
A través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que se dictó el 15 de marzo del 2020, para establecer el Estado de Emergencia Nacional (30) el gobierno peruano estableció un severo confinamiento de la población; lamentablemente bajo este contexto, se presentó un elevado número de casos de violencia familiar; siendo necesario cambios y mejoras en la normativa para la asistencia y cuidado de personas vulnerables; para garantizar la salud pública y facilitar la interposición de Denuncias.
Así mismo, el Estado Peruano incorporó la posibilidad de crear y gestionar los Hogares de Refugio Temporal para víctimas a cargo de los Gobiernos Locales; al respecto, es necesario recalcar la importancia de estos refugios que además de brindar seguridad a las víctimas, se encargan de la atención y soporte protector y psicológico (31) y evitan la exposición a riesgo de las víctimas (32) y a un contacto permanente con el agresor, evitando riesgos graves a situaciones como el feminicidio.
El estudio concluye en que las condiciones de aislamiento social, incrementaron los casos de violencia familiar obligando a cambios y adaptaciones de la legislación peruana. Entre los avances más importantes, destacamos la implementación de mecanismos para oportuna atención de las víctimas, minimización de barreras burocráticas y el uso de los instrumentos tecnológicos, para revisar los antecedentes policiales de la pareja, el apoyo en la creación de Hogares de Refugios Temporales, la adecuación de los operadores de justicia para atender con pertinencia cultural, ayuda de traductores y especialistas en lenguaje de señas.
FINANCIAMIENTO: El estudio fue autofinanciado
CONFLICTOS DE INTERESES: Todos los autores declaran no tener conflictos de interés.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
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[26]. MIMP, M. d. (08 mayo 2023). Diario Oficial del Bicentenario "El Peruano". Obtenido de Resolución Ministerial N° 197-2023-MIMP.
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Correspondencia
Agueda Muñoz-del-Carpio-Toia
E-mail: amunozde@ucsm.edu.pe
https://orcid.org/0000-0003-0501-7314
James Carlos Fernandez Salguero
E-mail: jfernandez@ucsm.edu.pe
Francesca Diaz Del Olmo Calvo
E-mail: fdiazdelolmocalvo@email.peace.edu
https://orcid.org/0000-0003-2294-7038
Emanuele Valenti
E-mail: Emanuele.Valenti@warwick.ac.uk
Patricio Diaz Del Olmo Calvo
E-mail: pdiazdelolmocalvo22@ehc.edu
https://orcid.org/0009-0005-5904-2269
Lucía Begazo Muñoz del Carpio
E-mail: luciatoia@gmail.com
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Revista Seleccionada
Julio 2025 Volumen 11 - Número 2 P 55-58
DOI: 10.26696/sci.epg.0211
CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
LA ECONOMÍA CIRCULAR EN EL TURISMO COMUNITARIO: ESTRATEGIAS PARA REDUCIR LA HUELLA ECOLÓGICA
OPTIMIZACIÓN DEL CONTROL DE INVENTARIOS: IMPLICANCIAS EN LA RENTABILIDAD EMPRESARIAL
TURISMO COMUNITARIO: PERSPECTIVAS Y DESARROLLO ECONÓMICO
VIABILIDAD DEL PAGO DE LAS COSTAS EN EL PROCESO PENAL PERUANO POR FALTAS
EL DERECHO A LA IDENTIDAD EN TORNO A LOS PROCESOS JUDICIALES IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD
CIENCIAS BIOLÓGICAS Y DE SALUD